Aifos Noticias | Ley del mercado hipotecario
El Gobierno aprueba la reforma de la Ley del Mercado Hipotecario
Entre las medidas más importantes, que se aplicará a los préstamos contratados a partir de su entrada en vigor, se encuentra la reducción desde el 1% al 0,5% de la comisión máxima por cancelación anticipada o subrogación en las hipotecas firmadas a tipos de interés variable.
En las hipotecas suscritas a tipos de interés fijo, este porcentaje del 0,5% solo podrá aumentarse cuando la cancelación anticipada o subrogación genere una ganancia de capital para el prestatario y una pérdida de capital para la entidad, esto es, si los tipos de interés están por debajo del tipo al que se contrató la hipoteca.
En este caso, el porcentaje de la comisión que pueden aplicar las entidades financieras es libre, tal y como sucede ahora con la cancelación anticipada en préstamos a tipos de interés fijo. Sin embargo, la entidad no podrá cobrar esta compensación si la cancelación anticipada o subrogación le genera una ganancia y una consiguiente pérdida para el cliente, por ejemplo, en un contexto como el actual de subida de tipos de interés.
No obstante, una de las enmiendas transaccionales añadidas al texto establece que las comisiones que estén previstas contractualmente por amortización de capital anticipado se reduzcan al 0,25% si se producen después de los 5 primeros años de vida del crédito.
Según el portavoz socialista, Ricardo Torres, las modificaciones introducidas al texto dotan al sistema de "más transparencia" para que las entidades financieras sean capaces de refinanciar los aspectos financieros con los créditos hipotecarios a través de bonos y titulaciones.
Hipoteca inversa
Una de las novedades destacadas en el texto aprobado por el Congreso contempla un beneficio fiscal para los perceptores de rentas derivadas de hipotecas inversas si invierten en un plan de pensiones, consistente en una reducción de su base imponible.
Fuente: inmoweb.com